El Tribunal del distrito federal de EE. UU. anuló previamente una ley que habría convertido en delito compartir información que el gobierno considerara falsa sobre emergencias en Puerto Rico
Gobernador Pedro Pierluisi y Secretario de Justicia Domingo Emanuelli (La Fortaleza) |
SAN JUAN, Puerto Rico — El Tribunal de Distrito Federal de los
Estados Unidos de Norteamérica rechazó hoy una solicitud para reconsiderar su
decisión de derogar una ley de Puerto Rico que convertía en delito dar a
sabiendas una “falsa alarma” sobre emergencias públicas, sosteniendo que “[l]a
función de control del habla nunca es más vital que durante una crisis a gran
escala”.
A principios de este
año, el tribunal dictaminó que la ley violaba la Primera Enmienda de la
Constitución de los Estados Unidos porque su amplio alcance creaba un peligro
de abuso partidista o aplicación selectiva, lo que permitía al gobierno
suprimir o congelar el discurso que contradice su narrativa oficial. “[E]n
lugar de criminalizar el discurso”, observó el tribunal, “la Asamblea
Legislativa simplemente podría haber requerido que el Gobierno utilizara sus
múltiples plataformas de comunicación para presentar una descripción completa y
precisa de los hechos” relacionados con las emergencias en Puerto Rico.
La ACLU
(Unión de Libertades Civiles) y la ACLU de Puerto Rico argumentaron que la ley
de Puerto Rico brindaba muy poca orientación a las personas sobre qué expresión
puede constituir un delito y que el gobierno tenía demasiada discreción para
decidir a quién procesar criminalmente.
“Nos complace que la corte haya reafirmado su importante defensa de la libertad de prensa y la libertad de expresión”, dijo Brian Hauss, abogado principal del Proyecto de Discurso, Privacidad y Tecnología de la ACLU. “La transparencia del gobierno, en lugar de la censura, es la clave para la seguridad pública en una sociedad libre y democrática”.
Si se hubiera mantenido
vigente, la ley habría impedido informar sobre la crisis del COVID-19 y otras
emergencias porque los periodistas corrían el riesgo de ser procesados si el
gobierno cuestionaba la precisión de sus informes. Aquellos que violen la ley
habrían enfrentado penas de hasta tres años de cárcel y una multa de hasta
$5,000.
La ACLU y la ACLU de Puerto Rico presentaron la
demanda en nombre de dos periodistas, Sandra Rodríguez Cotto y Rafelli González
Cotto, quienes temían que las leyes fueran utilizadas para castigarlos por sus
reportajes sobre emergencias públicas, especialmente reportajes que reflejan
negativamente al gobierno.
A la ley se le conoció bajo el nombre de “fake news”
o “noticias falsas” al referirse al hecho de que el gobierno podía calificar de
esa manera cualquier información que no les gustara y que fuera difundida durante
en una emergencia, tales como los huracanes, los terremotos, la reciente ola de
calor o la pandemia de Covid-19.
Esta ley fue sometida
originalmente por el exgobernador Ricardo Rosselló en el último día antes de
salir del poder en el verano del 2019. Posteriormente fue radicada y aprobada
en el gobierno de Wanda Vázquez y se mantuvo vigente en la administración actual
de Pedro Pierluisi.
El pasado al 3 de abril el juez federal Pedro Delgado Hernández determinó que la ley era inconstitucional y que criminalizaba el discurso público.
El 29
de abril el gobierno encabezado por el Gobernador Pierluisi y Secretario de
Justicia Emanuelli se
reafirmó en su intención de criminalizar la expresión pública y radicó una
apelación en representación del Gobernador Pedro Pierluisi, el Secretario de
Seguridad Pública Alexis Torres y el Comisionado de la Policía, Antonio López
Figueroa.
Esa apelación fue sometida por
Emanuelli, la secretaria adjunta a cargo de litigios en Justicia Susana
Peñagarícano-Brown y la directora de litigios federales, Marcia Pérez Llavona y
los fiscales. Es la misma que ahora Esa misma apelación es la que ahora fue nuevamente
degengada.
Secretario de Justicia Domingo Emanuelli y el Gobernador Pedro Pierluisi (Justicia) |
Hasta
ahora sólo una persona, que resultó ser un pastor evangélico,
enfrentó un cargo bajo una ley de 2017 que fue precursora de la ley impugnada
en este caso, la Ley 66-2020 y
la Ley del Departamento de Seguridad Pública. El pastor que fue acusado
que en los primeros días del encierro por la pandemia del Covid-19 porque
provocó aglomeración en comercios al decir mediante un mensaje en la plataforma
WhatsApp que el gobierno cerraría todos los negocios y los puertos el día
siguiente.
La
respuesta del gobierno fue, por un lado, el entonces Secretario de Estado
negando que se fuera a ordenar el cierre de los supermercados y, por el otro,
el entonces Secretario de Seguridad Pública diciendo que no podía negar ni
confirmar lo que decía el mensaje del pastor.
Cuando el juez federal Delgado Hernández declaró
inconstitucional la ley, hizo una crítica en la que decía que el gobierno violaba
la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos de América y que: “En
lugar de criminalizar el discurso, la Asamblea Legislativa simplemente podría
haber requerido que el Gobierno utilizara sus múltiples plataformas de
comunicación para presentar una descripción completa y precisa de los hechos”
relacionados con las emergencias en Puerto Rico”.
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