Exigen a la CEE y a los comisionados electorales que cumplan con la ley y adjudiquen los votos por Eliezer Molina, Mariana Nogales y Rafael Bernabe
Un grupo de 14 electores demandó a la Comisión Estatal de Elecciones y a los Comisionados Electorales de todos los partidos políticos, exigiendo que no se violen sus derechos como electores y que se contabilicen y se adjudiquen los votos por nominación directa de los candidatos Eliezer Molina, Mariana Nogales Molinelli y Rafael Bernabe, como establecen los reglamento.
Este caso se basa casi exactamente en los mismos argumentos de la sentencia que emitió recientemente el juez Raúl Candelario en el caso del voto adelantado, el cual fue confirmado hace unos días en el Tribunal Apelativo.
A los demandantes en este nuevo caso los representa el abogado Juan Antonio Corretjer Russi. Argumentan que el retraso en la CEE afecta el derecho de los electores cuyos votos no han sido contabilizados, y menoscaba el derecho de los candidatos.
“Su derecho al voto no se ha consumado finalmente debido al incumplimiento del deber ministerial de la Comisión Estatal de Elecciones, al no adjudicar los votos en el escrutinio y recuento contrario a lo que exigen los reglamentos y manuales aprobados por la propia agencia administrativa. Por esta razón acuden mediante este recurso de Mandamus”, sostienen en el documento sometido ante el Tribunal de Primera Instancia en San Juan.
En el mandamus de 23 páginas los demandantes van contra la propia CEE y su presidenta, Jessica Padilla, así como a todos los comisionados electorales del Partido Popular Democrático, Karla Angleró González; del Partido Nuevo Progresista Aníbal Vega Borges; del Partido Independentista Puertorriqueño, Roberto Iván Aponte Berríos; del Proyecto Dignidad Manuel Frontera Suau y del Movimiento Victoria Ciudadana, Lillian Aponte Dones.
El grupo de demandantes incluye a los electores Iván Radinson Caraballo, Yadira Carrasquillo González, José Raúl Torres Matos, Ángel Torres, Rosado, Sheila Mejía Luciano, (esposa de Eliezer Molina), Jedsaira Sandoval Rivera, Edalys Reyes Virella, María del Pilar González Feliciano, Solimar Pérez Molina, Nilda Torres Maldonado, Adelaida Colón Olivencia, Annabelle Salico Maxzud, Wilfredo Lara Nieves, Héctor Sálico Brasca.
En síntesis, para la controversia se basa en que la CEE ha contabilizado las papeletas legislativas e incluso los votos bajo la modalidad de nominación directa, sin embargo, no ha adjudicado dichos votos a aspirantes en particular como lo establecen su reglamento y manuales correspondientes antes de subirlo y publicarlo en su sistema digital.
“Al día de hoy, no se ha consumado el derecho al voto de la parte peticionaria al ser finalmente contabilizado y adjudicado, al amparo de los estatutos aprobados por la CEE, toda vez que, desconocen, al igual que el resto del electorado puertorriqueño, que sus votos hayan sido adjudicados a los aspirantes que nominaron directamente a los puestos políticos electivos en pleno ejercicio de su derecho constitucional al voto”, sostienen en la demanda.
“Incluso, el elector que no ejerció su voto bajo la modalidad de nominación directa puede verse afectado por el resultado de un aspirante que cuente con los votos suficientes por el simple hecho de alterar los resultados del resto de los candidatos de partidos políticos y/o candidatos independientes que concursan para el mismo puesto electivo”, sostienen en el recurso legal.
En ese sentido, argumentan los demandantes que durante el escrutinio y recuento se han ido adjudicando los votos de los candidatos de partidos políticos y/o candidatos independientes, los cuales la parte peticionaria también tuvo la oportunidad de escoger y votar, y han ido viendo los resultados mientras se van actualizando en la plataforma digital de la CEE, mientras que, por otro lado, no se han adjudicado correctamente los votos de los aspirantes que nominaron de manera directa como lo permiten y exigen los manuales.
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